CONTRATO MANTENIMIENTO ASCENSOR Y OBLIGACIÓN DE PERMANENCIA
.- La sentencia TS de sentencia de 17 de septiembre 2019 ,viene a validar los criterios mantenidos por un sector importante de las Audiencias Provinciales y es que los contratos de mantenimiento ,con una duración de cinco años puede suponer una vinculación excesiva que impida a los consumidores aprovecharse de las mejores prestaciones de otros empresarios y es contrario a la normativa sobre cláusulas abusivas. considerando el plazo de TRES AÑOS como razonable aun cuando sean «a todo riesgo»
- RECOMIENDO lectura Tribunal Supremo 17-09-2019
0 Comments